Artículo 26.
Artículo 26 del Real Decreto 1396/1992, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios Militares. · BOE-A-1992-28169
Atención: Real Decreto 1396/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La vigilancia y seguridad exterior de los establecimientos penitenciarios militares corresponderá a la Policía Militar y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.