Artículo 26. Solicitud de información pública.
Artículo 26 de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto. · BOE-A-2012-9370
Atención: Ley Foral 11/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de información pública deberán dirigirse a la unidad orgánica o entidad en cuyo poder se encuentre la información, quien deberá dar cuenta de las mismas a la unidad administrativa competente en materia de Gobierno Abierto y se tramitarán de acuerdo con lo dispuesto en este artículo. En el ámbito de la Administración Pública se atribuye la competencia para resolver las solicitudes de información a los superiores jerárquicos de las unidades en cuyo poder se encuentre la misma, siempre que tengan atribuidas competencias resolutorias de conformidad con las distintas normas reguladoras de las estructuras orgánicas.
2. La Administración Pública podrá reservarse la facultad de resolver las solicitudes de información pública que reciban las sociedades y fundaciones públicas, entidades de derecho público a ella vinculadas y las personas que ejerzan funciones públicas o potestades administrativas o presten servicios públicos bajo su autoridad. En tal caso, especificará los órganos de cada Departamento competentes para resolver estas solicitudes.
3. La solicitud podrá hacerse por cualquier medio, incluidos los electrónicos, que permita la constancia de:
a) La identidad del solicitante.
b) La indicación precisa de la información que se solicita, sin que sea requisito indispensable identificar un documento o expediente concreto.
c) En su caso, la forma o formato preferido de acceso a la información solicitada.
d) Una dirección de contacto válida a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la solicitud.
4. El solicitante podrá exponer, si así lo desea, las razones que justifican la petición de la información. Sin embargo, no podrá exigirse dicha motivación en caso alguno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-4811.