Artículo 26. Modificación del título XXIV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 26 de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras. · BOE-A-2011-13896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-30.
Texto consolidado
1. Se modifica la rúbrica del capítulo IV del título XXIV del texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, que queda redactada del siguiente modo:
«CAPÍTULO IV
Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC)
2. Se modifica el artículo 24.4-3 del texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 24.4-3. Exenciones y bonificaciones.
1. Los sujetos pasivos en situación de desempleo, las personas jubiladas, las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33% y las personas internas de los centros penitenciarios que cumplen condena en régimen ordinario están exentos de esta tasa, previa justificación documental de encontrarse en alguna de las situaciones mencionadas.
2. Se aplica una bonificación del 30 % sobre la tasa a los sujetos pasivos miembros de familias numerosas de categoría general o monoparentales de categoría general.
3. Se aplica una bonificación del 50 % sobre la tasa a los sujetos pasivos miembros de familias numerosas de categoría especial o monoparentales de categoría especial.»
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