Artículo 26. La Asamblea General.
Artículo 26 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón. · BOE-A-2015-5330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.
Texto consolidado
1. La Asamblea General es el máximo órgano rector del Consejo Aragonés de la Juventud y estará constituida por las entidades miembro, que contarán con tantas personas delegadas como establezca el reglamento de organización y funcionamiento interno.
2. Su funcionamiento, la regulación del voto ponderado, su convocatoria y el régimen de acuerdos serán establecidos por el reglamento de organización y funcionamiento interno.
3. Entre las funciones esenciales de la Asamblea General están:
a) Marcar las líneas generales y la estrategia de la actuación del Consejo.
b) Elegir a las personas que componen la Comisión Permanente del Consejo.
c) Aprobar y modificar el reglamento de organización y funcionamiento interno.
d) Ratificar las admisiones y mociones de expulsión.
e) Aprobar la gestión anual de la Comisión Permanente, en la que se incluirá la memoria, el estado de cuentas y el balance de situación del período correspondiente a su mandato.
f) Cualquier otra que determine el reglamento de organización y funcionamiento interno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-10877.