Artículo 26. Protección frente al acoso sexual y por razón de género.
Artículo 26 de la Ley 5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía. · BOE-A-2024-25455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-23.
Texto consolidado
Las mujeres de los sectores agrario, agroalimentario y pesquero tienen derecho a disponer de información, servicios y recursos de calidad destinados a la prevención de cualquier tipo de violencia hacia las mujeres, acoso sexual y por razón de género, en los términos establecidos en el artículo 30 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre; para ello, se promoverá la organización de actividades formativas dirigidas a empresas, cooperativas y sindicatos de los sectores agrario y marítimo-pesquero, así como a asociaciones de mujeres agrarias, rurales y del mar.