Artículo 26. Análisis de rediseño funcional y simplificación.
Artículo 26 de la Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa. · BOE-A-2014-12334
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con carácter previo a la regulación de un procedimiento o actuación, la consejería competente en materia de organización y calidad de los servicios públicos llevará a cabo un análisis de rediseño funcional y simplificación de los mismos en los que deberá tenerse en cuenta:
a) La supresión o reducción de los trámites y de la documentación requerida a los ciudadanos para la iniciación de un procedimiento, su sustitución por declaraciones responsables y comunicaciones previas o la posibilidad de aportar la documentación al finalizar la tramitación.
b) La previsión de medios de participación, transparencia e información.
c) La identificación de cargas administrativas iniciales asociadas al procedimiento y valoración económica de las mismas.
d) La reducción de los plazos y tiempos de respuesta.