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Ley Vigente

Artículo 26. Desarrollo sostenible.

Artículo 26 de la Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria. · BOE-A-2025-14604

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria como promotora de un desarrollo económico, humano y medioambientalmente sostenible, garante de una prosperidad económica y social real en democracia y libertad:

a) Impulsará propuestas destinadas a sensibilizar a las personas jóvenes en la protección y el disfrute responsable del entorno y el patrimonio natural de Cantabria.

b) Promoverá entre la población joven el uso sostenible de los recursos naturales favoreciendo el compromiso juvenil con el medio ambiente.

c) Facilitará la participación de la población joven en las iniciativas en favor de la transición hacia modelos de producción y consumo sostenibles en el ámbito humano, económico y medioambiental.

d) Potenciará iniciativas participativas destinadas a promover la utilización sostenible de los recursos naturales y el compromiso de la población joven con el medio ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

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