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Ley Vigente

Artículo 26. Diseño y aprobación de aplicaciones.

Artículo 26 de la Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-3719

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-28.

Texto consolidado

1. La Administración regional garantizará que las aplicaciones que se pretendan implementar o desarrollar se basen en criterios y estándares que faciliten la interoperabilidad y puedan ser reutilizadas por otras administraciones públicas.

2. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta de esta ley, las aplicaciones y sistemas de información que se desarrollen o vayan a ser incorporadas en la Administración regional para el ejercicio de potestades administrativas, habrán de ser previamente aprobadas conforme al procedimiento que se establezca reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-28.

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