Artículo 26. Diseño y aprobación de aplicaciones.
Artículo 26 de la Ley 2/2014, de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-3719
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-28.
Texto consolidado
1. La Administración regional garantizará que las aplicaciones que se pretendan implementar o desarrollar se basen en criterios y estándares que faciliten la interoperabilidad y puedan ser reutilizadas por otras administraciones públicas.
2. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta de esta ley, las aplicaciones y sistemas de información que se desarrollen o vayan a ser incorporadas en la Administración regional para el ejercicio de potestades administrativas, habrán de ser previamente aprobadas conforme al procedimiento que se establezca reglamentariamente.
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