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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 26.

Artículo 26 de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Galicia. · BOE-A-1986-6208

Atención: Ley 14/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comisión del Juego será presidida por el Conselleiro con competencias en materia de juegos y apuestas y estará integrada por los siguientes miembros:

a) El Director general con competencias en materia de juegos y apuestas, que actuará como Vicepresidente.

b) Un representante con rango de Director general por cada una de las Consellerías con competencia en materia de economía y hacienda, trabajo, industria, juventud y deportes.

c) Un representante de cada uno de los sectores de casinos, bingos y máquinas de juego.

2. Será Secretario de la Comisión un funcionario de la Consellería con competencias en la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2002-11079.

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