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Ley Vigente

Artículo 26. Declaración.

Artículo 26 de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-2358

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-30.

Texto consolidado

1. La declaración de acotado lleva implícita la reserva del aprovechamiento de caza a favor de su titular sobre todas las especies cinegéticas declaradas como susceptibles de aprovechamiento por las directrices de ordenación cinegética de la Comunidad Valenciana.

2. La declaración de acotado, su registro y su matrícula devengará a favor de la Generalitat una tasa, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Tasas de la Generalitat.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-30.

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