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Ley Vigente

Artículo 26. Régimen económico-financiero.

Artículo 26 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. · BOE-A-2015-185

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

Texto consolidado

1. El Instituto Aragonés del Agua elaborará anualmente el anteproyecto de presupuesto, el programa de actuación, inversiones y financiación y demás documentación complementaria del mismo, de conformidad con lo establecido en la ley de hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La concesión de avales y operaciones de endeudamiento del Instituto Aragonés del Agua deberán acomodarse, en todo caso, a los límites individuales y cuantías globales asignados para tales fines en la ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio, comunicándose a la Comisión de Economía y Presupuestos de las Cortes de Aragón dentro del mes siguiente a su realización.

3. El Instituto sujetará su contabilidad al plan de contabilidad pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4. El Instituto Aragonés del Agua estará sometido al régimen de control económico-financiero realizado por la intervención general en los términos establecidos en la normativa aplicable en materia de hacienda en Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

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