Artículo 26. Naturaleza del Consejo Canario de Cultura.
Artículo 26 de la Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias. · BOE-A-2023-12083
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
1. El Consejo Canario de Cultura es el órgano colegiado de asesoramiento y consulta del conjunto de las administraciones públicas de Canarias y de los demás organismos y entes integrados en el sistema público de cultura de Canarias.
2. El Consejo Canario de Cultura queda adscrito a la consejería competente en materia de cultura, que le proporcionará la asistencia y medios necesarios para su adecuado funcionamiento, aunque no se integra en su estructura orgánica ni jerárquica.