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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 26. Intercambio de información.

Artículo 26 del Instrumento de Ratificación de 20 de junio de 1980 del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Popular de Polonia para evitar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y el capital, hecho en Madrid el 15 de noviembre de 1979 y su Protocolo anejo. · BOE-A-1982-14239

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-05-06.

Texto consolidado

1. Las Autoridades competentes de los Estados Contratantes intercambiarán la información que fuere necesaria para aplicar el presente Convenio, así como la información concerniente a las leyes nacionales de los Estados Contratantes a que se extendiere el presente Convenio en la medida en que el impuesto por este concepto estuviere de acuerdo con él. Cualquier información así intercambiada deberá tratarse confidencialmente, revelándose solamente a las personas o autoridades (incluidos Tribunales o Autoridades administrativas) que se ocuparen de la tasación o cobro de impuestos que fueren asunto del presente Convenio, o se ocuparen de procedimientos, recursos o soluciones relacionados con los casos de imposición. Estas personas o autoridades utilizarán la información sólo para estos fines. Podrán revelar la información en procesos públicos o en sentencias judiciales.

2. En ningún caso se interpretarán las disposiciones del apartado 1 de modo que impongan a uno de los Estados Contratantes la obligación de:

a) Poner en práctica medidas administrativas distintas de las leyes o de la práctica administrativa de dicho Estado Contratante o del otro;

b) Facilitar detalles que no pudieren obtenerse bajo las leyes o en el curso normal de la administración de éste o del otro Estado Contratante;

c) Facilitar información que descubriere cualquier secreto de carácter comercial, de negocios, industrial o profesional, cualquier proceso industrial, o información cuya revelación fuere contraria al orden público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-05-06.

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