Artículo 26. Requisitos de las entidades beneficiarias.
Artículo 26 del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-5250
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-12.
Texto consolidado
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos de carácter general previstos en el artículo 4 de este decreto-ley.
Más artículos de Decreto-ley 8/2020
- ← Artículo 25. Entidades beneficiarias.
- → Artículo 27. Personas destinatarias de las ayudas y contratos subvencionables.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.