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Decreto-ley Vigente

Artículo 26. Protección de datos.

Artículo 26 del Decreto-ley 6/2021, de 4 de junio, por el que se regula, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la concesión de la "Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas" prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España. · BOE-A-2021-13980

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-05.

Texto consolidado

Las entidades colaboradoras serán encargadas del tratamiento de los datos personales que se incorporen a las solicitudes de estas subvenciones, quedando sujetas al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el vigente Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Los responsables del tratamiento de datos personales y encargados de su tratamiento son, en el caso de los datos personales de las solicitudes de la línea 1, el Servicio Canario de Empleo; y en el caso de la línea 2, la Dirección General de Promoción Económica. Dichos organismo y centro directivo tienen el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los datos personales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-05.

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