Artículo 26. Incorporaciones y generaciones de crédito.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-02.
Texto consolidado
El régimen aplicable a las generaciones e incorporaciones de crédito con cobertura en el remanente de tesorería afectado para los créditos de los Servicios 70 «Mecanismo de Recuperación» y 71 «Ayuda a la recuperación (REACT-EU)» será el previsto anualmente en la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para las generaciones e incorporaciones con financiación afectada.
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