Artículo 26. Inscripción.
Artículo 26 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi. · BOPV-p-2008-90003
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.
Texto consolidado
La inscripción del deslinde se ajustará a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.