Artículo 25. Tipificación de sanciones.
Artículo 25 del Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2000-22417
Atención: Real Decreto 1912/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Podrán imponerse las siguientes sanciones:
1.ª Apercibimiento privado.
2.ª Reprensión publicada en el boletín profesional.
3.ª Suspensión en la condición de colegiado hasta seis meses.
4.ª Separación del cargo colegial de un mes a un año.
5.ª Separación del cargo colegial durante el período del mandato en curso.
6.ª Separación del cargo colegial durante el período del mandato en curso y declaración de incapacidad para el siguiente.
7.ª Suspensión en la condición de colegiado desde seis meses y un día hasta dos años.
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