Artículo 25.
Artículo 25 del Real Decreto 1279/1978, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 5/1977, de 4 de enero, de Fomento de Producción Forestal. · BOE-A-1978-14632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-07-02.
Texto consolidado
El Estado podrá conceder, con cargo a sus presupuestos, ayuda económica a través de subvenciones y créditos, con el fin de fomentar la producción de madera, en la forma y condiciones que se establecen en los artículos siguientes.
Redactado conforme a corrección de errores publicada en BOE núm. 190, de 10 de agosto de 1978. Ref. BOE-A-1978-20755