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Real Decreto Vigente

Artículo 25.

Artículo 25 del Real Decreto 1167/1977, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Delineantes de Obras Públicas. · BOE-A-1977-12920

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-06-20.

Texto consolidado

El Subsecretario de Obras Públicas podrá autorizar excepcionalmante permutas de destino entre funcionarios del Cuerpo en activo o en excedencia especial, previo informe de los Jefes de los solicitantes o del Director general correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la citada Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1977-06-20.

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