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Orden Vigente

Artículo 25.

Artículo 25 de la Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. · BOE-A-2015-5748

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-14.

Texto consolidado

Además de por la terminación del mandato, la condición de miembro del Pleno se perderá por alguna de las siguientes causas:

a) Cuando desaparezca cualquiera de los requisitos de elegibilidad que concurrieron para su elección o por la pérdida de la condición que habilitó al vocal para ser propuesto.

b) Por virtud de la propuesta de cese emanada de los órganos que los hubiesen designado o propuesto.

c) Por dimisión, renuncia, o acaecimiento cualquier causa que le incapacite para el desempeño del cargo.

d) Por fallecimiento de los miembros del Pleno que tengan la consideración de personas físicas o extinción de la personalidad jurídica en el caso de miembros del Pleno con forma societaria.

e) Por ser inhabilitado para empleo o cargo público, de acuerdo con el artículo 24.2 de la Ley 4/2014, de 1 de abril.

f) En el supuesto de las empresas que formen parte del Pleno según lo establecido en el artículo 3.b), se atenderá a las aportaciones voluntarias realizadas, en función de las recomendaciones aprobadas de conformidad con el presente reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-14.

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