Artículo 25. Competencia sancionadora.
Artículo 25 de la Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra. · BOE-A-2019-751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
Son competentes para la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley:
a) Tratándose de infracciones muy graves, la persona titular del departamento competente en materia de memoria histórica.
b) Tratándose de infracciones graves y leves, la persona titular de la Dirección General competente en materia de memoria histórica.