Artículo 25. Ámbito de aplicación.
Artículo 25 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi. · BOE-A-2012-415
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-22.
Texto consolidado
El régimen estatutario de personal que establece esta ley resultará de aplicación a todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, sin perjuicio de las excepciones que deriven de los correspondientes procesos de integración.