Artículo 25. Concepto de prevención.
Artículo 25 de la Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-8710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.
Texto consolidado
En el ámbito de la infancia y teniendo en consideración el principio de corresponsabilidad de las familias, de la sociedad y de las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha, se entiende por prevención el conjunto de medidas encaminadas, por un lado, a reducir los factores que dificultan el ejercicio de los derechos individuales y colectivos de la infancia y la adolescencia, o que perjudican o pueden perjudicar su adecuado desarrollo físico, psicológico y social y por otro, a potenciar mecanismos protectores y de resiliencia con el objetivo de evitar la aparición de situaciones de riesgo, de violencia o desprotección infantil.