El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 25. Modalidades de personas asociadas.

Artículo 25 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi. · BOE-A-2011-16287

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-13.

Texto consolidado

1. Los estatutos podrán establecer las diferentes modalidades de personas asociadas, con derechos y obligaciones diferenciados.

2. Entre otras, se pueden establecer las siguientes modalidades de personas asociadas:

a) Personas que disfrutan de todos los derechos y están sujetas a todas las obligaciones:

– Fundadoras: personas que suscriben el acta de constitución.

– De número: personas pertenecientes a asociaciones cuyo número de miembros está limitado en los estatutos.

– Ordinarias: el resto de las personas asociadas no incluidas en las dos categorías anteriores.

– Voluntarias: personas asociadas que aportan una dedicación voluntaria estable o una colaboración personal desinteresada y duradera; puede haber personas voluntarias que colaboran con la asociación y que, sin embargo, no están asociadas a ella.

b) Personas cuyos derechos y obligaciones están limitados en los estatutos:

– Protectoras: personas que aportan principalmente medios económicos a la asociación.

– Honorarias: personas así designadas en atención a las cualidades, méritos y circunstancias que, a juicio de la asociación, concurren en ellas.

– Juveniles: personas asociadas que, siendo mayores de 14 años, necesitan para su ingreso el consentimiento documentalmente acreditado de las personas que deban completar su capacidad; aunque pueden tener derecho de voz y voto en las asambleas generales, no podrán asumir cargos directivos.

– Infantiles: personas menores de 14 años, sin perjuicio de que el ejercicio de sus derechos y obligaciones asociativas corresponderá a sus representantes legales.

3. La condición de persona asociada es intransmisible salvo que los estatutos contengan previsiones en sentido contrario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-13.

Más artículos de Ley 7/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.