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Ley Vigente

Artículo 25. Derecho a la escolarización inmediata en caso de violencia de género.

Artículo 25 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-17065

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-15.

Texto consolidado

La Administración educativa asegurará la escolarización inmediata cuando se produzca un cambio de residencia por razones de la violencia machista, asignando igualmente criterios de acceso preferente a plazas de educación infantil primer ciclo en función de la ratio de cada centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-15.

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