Artículo 25. Del principio de igualdad en el ámbito laboral.
Artículo 25 de la Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-13775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-19.
Texto consolidado
La Generalitat, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado, garantizará:
1. La igualdad de derechos de hombres y mujeres en materia de empleo y trabajo.
2. El derecho de todas las personas a un trabajo en condiciones de igualdad, que permita la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y el desarrollo humano y profesional.