Artículo 25. Procedimiento para traslados, transmisiones, obras y cierres.
Artículo 25 de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón. · BOE-A-1999-8872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-07.
Texto consolidado
1. Los procedimientos por traslado se iniciarán a instancia del Farmacéutico o Farmacéuticos interesados.
2. Reglamentariamente se determinarán los procedimientos para la realización de los traslados que correspondan a supuestos de obras, modificaciones de local y transmisiones de oficinas de farmacia.
3. En el supuesto de cierre voluntario temporal de oficinas de farmacia y en función de la duración del mismo, se podrá diferenciar un régimen de autorizaciones y un régimen de comunicaciones previas al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo.