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Ley Vigente 3 redacciones

Artículo 25.

Artículo 25 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial. · BOE-A-1988-29622

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-30.

Texto consolidado

En el Ministerio de Justicia, con la adscripción que determine su Reglamento Orgánico, podrán existir hasta diez plazas servidas por jueces o magistrados, diez por fiscales, diez por secretarios judiciales y dos por médicos forenses.Se proveerán mediante concurso de méritos que convocará y resolverá el Ministerio de Justicia en la forma que se determine reglamentariamente.

Dichas plazas no incrementarán la relación de puestos de trabajo que tenga aprobada el Ministerio y los funcionarios que las ocupen mantendrán el régimen retributivo de sus Cuerpos de origen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-21760.

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