Artículo 25. Control económico-financiero.
Artículo 25 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. · BOE-A-2011-15624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-06.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las competencias de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas por su Ley Orgánica y por las demás normas que regulan sus competencias, el organismo público estará sometido a control interno por la Intervención General de la Administración del Estado y se realizará bajo las modalidades de control financiero permanente y auditoría pública en las condiciones y en los términos que establece la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El control financiero permanente se realizará por la Intervención Delegada en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía bajo la dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.