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Ley Vigente

Artículo 25.

Artículo 25 de la Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales». · BOE-A-2008-11793

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-17.

Texto consolidado

Los Anteproyectos de Presupuestos de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» y de cada una de las sociedades filiales se remitirán a la Consejería de la Junta de Extremadura competente en materia de Hacienda, a los efectos de su integración en el proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los presupuestos se elaborarán y gestionarán bajo el principio de equilibrio presupuestario.

La contabilidad se ajustará a las normas legales aplicables a las entidades y sociedades de capital público.

La Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» deberá elaborar anualmente su Plan de Cuentas a los efectos previstos en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-17.

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