Artículo 25. Infracciones.
Artículo 25 de la Ley 16/2023, de 21 de diciembre, de la Autoridad Vasca de Protección de Datos. · BOE-A-2024-900
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-05.
Texto consolidado
1. Constituyen infracciones de la presente ley los actos y conductas a las que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 83 del Reglamento (UE) 2016/679, y los artículos 72 a 74 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
2. Asimismo, constituyen infracciones de la presente ley los actos y conductas a las que se refieren los artículos 58 a 60 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo.
3. La Autoridad Vasca de Protección de Datos será competente para sancionar las infracciones cometidas por los sujetos responsables a los que se refiere el artículo anterior, a excepción de las conductas tipificadas en los artículos 58.j) y 59.j) de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo.