Artículo 25. Financiación del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana.
Artículo 25 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud. · BOE-A-2017-15372
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.
Texto consolidado
El CJCV se mantiene económicamente con los siguientes recursos:
a) Las aportaciones de las entidades que lo integran.
b) Las dotaciones específicas que se atribuyan al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto de la Generalitat.
c) Las subvenciones que pueda recibir de otras entidades públicas.
d) Los donativos de personas o entidades privadas.
e) Las rentas que produzcan los bienes y valores que constituyen su patrimonio.
f) Los rendimientos que legal o reglamentariamente generen las actividades propias.
g) Cualesquiera otros que se le atribuyan, por ley o por reglamento.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11959.