Artículo 25. Asesoramiento técnico.
Artículo 25 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes. · BOE-A-2012-4187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-15.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prestará asesoramiento técnico gratuito en prevención de riesgos laborales a las personas emprendedoras que pretendan ejercer su actividad mediante la constitución de personas jurídicas o como trabajadores autónomos con asalariados, con el fin de que puedan integrar la prevención en la empresa y conozcan los derechos y obligaciones que les instituye la normativa de seguridad y salud laboral.
2. La prestación del servicio de asesoramiento técnico se llevará a cabo directamente por los órganos técnicos de la Comunidad Autónoma o en colaboración con asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.