Artículo 25. Régimen jurídico.
Artículo 25 de la Ley 12/2022, de 15 de diciembre, del transporte por cable. · BOE-A-2023-1403
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-29.
Texto consolidado
El establecimiento de instalaciones de transporte privado de personas por cable requerirá obtener con carácter previo la aprobación del proyecto constructivo y la autorización administrativa de explotación, otorgados según el procedimiento establecido en la sección 2.ª de este capítulo, con las variaciones que en su caso determinen sus especiales características.