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Ley Vigente

Artículo 25. Capacidad de innovación.

Artículo 25 de la Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud. · BOE-A-2018-1610

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

Texto consolidado

1. Para hacer posible mejoras en la organización de los servicios sanitarios que promuevan mayor eficiencia o calidad asistencial la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud y la Consejería competente en materia de Sanidad podrán impulsar, o en su caso autorizar, experiencias piloto, nuevas formas de organización de los servicios clínicos e innovaciones que afecten a una o varias organizaciones sanitarias.

2. Estas experiencias piloto habrán de incluir obligatoriamente en su normativa de creación mecanismos de evaluación así como plazo de duración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

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