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Ley Vigente

Artículo 25. Rendición de cuentas a la ciudadanía.

Artículo 25 de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2016-12048

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-01.

Texto consolidado

La agencia rendirá a la ciudadanía cuentas de su gestión en el ámbito de la prevención, investigación y evaluación de políticas y prácticas relativas al fraude y la corrupción existente en las administraciones públicas valencianas y su sector público instrumental. A tal efecto, se servirá de cuantos medios puedan ser suficientes para que la ciudadanía pueda estar informada debidamente. Proporcionará los resultados de su acción a los medios de comunicación, y también organizará encuentros con la sociedad civil para participarles directamente los resultados de su actividad y las actuaciones llevadas a término, señalando las dificultades o reticencias encontradas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-01.

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