Artículo 25. Modificación de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia.
Artículo 25 de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad. · BOE-A-2019-363
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-11.
Texto consolidado
Uno. Se modifica la letra c) del artículo 28 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia, con el siguiente tenor literal.
«c) Tener a disposición de los consumidores hojas de reclamaciones y exhibir un cartel, preferentemente el modelo establecido en el anexo III del Decreto n.º 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.»
Dos. Se modifica el apartado sexto del artículo 29 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia, con el siguiente tenor literal:
«6. Los precios deberán indicarse de modo directo, legible, exacto y completo:
– De modo directo: figurando en el artículo o junto a él, siempre dentro del mismo campo visual que ocupe en la exposición de venta.
– De modo exacto: se prohíbe toda forma de exhibición de precio que obligue a realizar cálculos aritméticos para determinar su cuantía, excepto la aplicación de porcentajes de descuento sobre el precio indicado.
– De modo completo: incluyendo el importe de los incrementos o descuentos aplicables en su caso y cuantos tributos puedan o deban repercutirse en el consumidor.»
Tres. Se modifica el artículo 46 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia, con la siguiente redacción:
«Artículo 46. Medios de pago.
El comerciante que practique cualquier tipo de venta tendrá la obligación de informar al consumidor sobre los medios de pago admisibles en la operación, a través de su publicidad general en la exposición visible desde el exterior del establecimiento.»
Cuatro. Quedan derogados expresamente los artículos 32 a 35 y 50.2.b de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen de Comercio Minorista de la Región de Murcia.
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