El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Artículo 25. Acceso a la financiación de las empresas.

Artículo 25 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015. · BOJA-b-2014-90268

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

Texto consolidado

1. Los instrumentos a que se refiere el artículo 1.2.b) dirigidos a mejorar el acceso a la financiación de las pymes y las empresas de economía social con domicilio social o actividad operativa en Andalucía, ligadas al sector de la construcción sostenible, se financiarán con cargo a la iniciativa «Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises» (JEREMIE) prevista en el programa operativo FEDER de Andalucía 2007-2013, de acuerdo con el artículo 44 del Reglamento CE 1083/2006, del Consejo de 11 de julio, dotado con 50 millones de euros provenientes de la Subvención Global de Andalucía Innovación, Tecnología, Empresa 2007-2013.

2. Los citados instrumentos se articularán a través de préstamos ordinarios sometidos a derecho privado y financiando hasta el 70% del total de las necesidades financieras de la empresa, incluyendo inversiones en activos, gastos operativos y circulantes, con un importe máximo por empresa de 2 millones de euros.

3. La persona titular de la Dirección General de Fondos Europeos y de la Dirección General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en función del gestor del fondo JEREMIE, adoptarán las disposiciones necesarias para que los mecanismos y objetivos referidos en el apartado 4 de la disposición adicional undécima de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, se adecúen al objeto y finalidad del presente decreto-ley.

En particular, las citadas disposiciones deberán incluir medidas dirigidas a agilizar y simplificar el acceso de las pymes y de las empresas de economía social ligadas al sector de la construcción sostenible, así como para la puesta en marcha inmediata de los citados mecanismos. A tal fin, las personas titulares de los citados centros directivos dictarán resolución conjunta, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el plazo máximo de dos meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto-ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-03-27.

Más artículos de Decreto-ley 1/2014

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 1/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.