Artículo 25. Adscripción temporal.
Artículo 25 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A petición de un Departamento, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la adscripción temporal y voluntaria de hasta dos profesores pertenecientes a otro u otros Departamentos, previo informe favorable de estos. La duración máxima de dichas adscripciones será de dos años prorrogables por otros dos. El profesorado adscrito por este procedimiento no podrá ser computado a efectos del número mínimo requerido en el apartado segundo del artículo 21 de los presentes Estatutos.