Artículo 25.6-4. Cuota.
Artículo 25.6-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-28.
Texto consolidado
La cuota de la tasa:
1. Por la tramitación de expedientes de primera inscripción y la certificación del asentamiento, si procede: 233,65 euros.
2. Por la tramitación de expedientes de inscripciones posteriores y sus certificaciones de asentamiento, si procede: 84,75 euros.