Artículo 25.4-4. Liquidación de la tasa.
Artículo 25.4-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-28.
Texto consolidado
La liquidación y el ingreso de la tasa se hacen mediante la carta de pago que se tiene que entregar a este efecto.