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Acuerdo Derogada

Artículo 247. Disposiciones Generales.

Artículo 247 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909

Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Universidad de Valladolid organizará los Servicios Universitarios necesarios para el correcto desarrollo de las actividades docentes, de estudio, de investigación, de atención a la comunidad universitaria y de colaboración con la sociedad, así como para la conservación de su patrimonio, y la edición y difusión de su producción científica de acuerdo con sus posibilidades presupuestarias.

2. Los Servicios Universitarios esenciales y ordinarios serán prestados y gestionados por la Universidad de Valladolid a través de su personal. En relación con los Servicios que no tengan ese carácter, la Universidad podrá prestarlos y gestionarlos en colaboración con empresas u otras entidades, de acuerdo con los correspondientes convenios o contratos aprobados por el Consejo de Gobierno.

3. La Universidad contará con Servicios propios para garantizar los fines recogidos en el apartado uno, y podrá contratar otros Servicios en colaboración como complemento y apoyo de los anteriores.

4. El presupuesto de los Servicios Universitarios propios se integrará en el de la Universidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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