Artículo 245. Órganos de control.
Artículo 245 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
1. La Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León ejercerá sus competencias a través de sus servicios centrales y de sus Intervenciones Delegadas y de cualquier otro órgano que dependa de aquélla en los servicios centrales y periféricos de la Administración General y en los organismos autónomos y otras entidades del sector público.
2. Las Intervenciones Delegadas ejercerán bajo la dependencia funcional de la Intervención General aquellas funciones que les sean atribuidas por el Interventor General.