Artículo 24. Inspecciones.
Artículo 24 del Real Decreto 314/2023, de 25 de abril, por el que se desarrolla el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas. · BOE-A-2023-10054
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-27.
Texto consolidado
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, o en su caso el órgano que tuviera atribuida la competencia de inspección, realizará las inspecciones necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos de este real decreto y de las condiciones establecidas en la resolución de autorización al menos una vez cada tres años o, en su caso, con la frecuencia que se requiera de acuerdo con lo previsto en el artículo de corrección de incumplimientos.
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