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Real Decreto Derogada

Artículo 24. Criterios de graduación de posibles incumplimientos.

Artículo 24 del Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020. · BOE-A-2016-4638

Atención: Real Decreto 197/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los criterios de graduación de posibles incumplimientos se aplicarán para determinar la cantidad que finalmente hayan de percibir los beneficiarios y serán los siguientes:

1. El incumplimiento de los requisitos de los beneficiarios establecidos en el artículo 4, de las características de los proyectos de cooperación establecidos en el artículo 6 o de las obligaciones de los beneficiarios establecidas en el artículo 15, supondrá la pérdida de derecho al cobro de la ayuda o el reintegro de la misma.

2. Cuando la ejecución total del proyecto no alcance el 70 % de la subvención inicialmente aprobada, no se abonará ayuda alguna. Si el grado de ejecución es menor del 100% pero mayor o igual al 70%, la ayuda se reducirá proporcionalmente de acuerdo con el porcentaje no ejecutado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-02.

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