Artículo 24.
Artículo 24 del Real Decreto 1109/1993, de 9 de julio, por el que se aprueba los Estatutos de la Real Academia Española. · BOE-A-1993-19893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-07-31.
Texto consolidado
La atribuciones y funciones de los Vocales adjuntos son: participar en las deliberaciones y decisiones de la Junta de Gobierno.