Artículo 24. Recursos.
Artículo 24 de la Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos industriales de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la industria manufacturera. · BOE-A-2019-11627
Atención: Orden ICT/859/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Contra la resolución del procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el titular del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de notificación, conforme lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
La interposición de recursos de reposición podrá realizarse ante el registro electrónico del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Más artículos de Orden ICT/859/2019
- ← Artículo 23. Modificación de la resolución de concesión.
- → Artículo 25. Pago.
- Ver la norma completa: Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos industriales de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la industria manufacturera.