Artículo 24. Medios y materiales didácticos.
Artículo 24 de la Orden EFP/824/2023, de 19 de julio, por la que se regula la ordenación de la enseñanza de Bachillerato para personas adultas y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2023-16816
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.
Texto consolidado
1. Los medios y materiales didácticos deberán permitir al alumnado el logro de los objetivos establecidos para la etapa y la adquisición de las competencias correspondientes, y cumplirán con el requisito de ser autosuficientes para que los estudiantes puedan desarrollar y controlar su proceso de aprendizaje de forma autónoma.
2. Al CIDEAD le corresponden el diseño, la elaboración y la gestión de la edición, producción y distribución de los materiales didácticos apropiados para la modalidad de Bachillerato a distancia virtual regulados en la presente orden.
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- Ver la norma completa: Orden EFP/824/2023, de 19 de julio, por la que se regula la ordenación de la enseñanza de Bachillerato para personas adultas y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.