Artículo 24. Constitución de las mesas.
Artículo 24 de la Ley Foral 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de Consultas Populares de ámbito local. · BOE-A-2002-22651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-26.
Texto consolidado
Los miembros de la Mesa electoral se reunirán el día fijado para la consulta en el local correspondiente una hora antes del inicio de la votación y extenderán el acta de constitución de la Mesa firmada por todos ellos.